miércoles, 12 de agosto de 2009

PREÁMBULO DE LA CONSTITUCIÓN ARGENTINA y DE LOS ESTADOS UNIDOS

PREÁMBULO DE LA CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS

NOSOTROS, el Pueblo de los Estados Unidos, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, asegurar la tranquilidad interior, proveer para la defensa común, promover el bienestar general y asegurar para nosotros y para nuestra posteridad los beneficios de la Libertad, establecemos y sancionamos esta Constitución para los Estados Unidos de América.


PREÁMBULO DE LA CONSTITUCIÓN ARGENTINA
Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino; invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina.

OBSERVACIONES:


*En el texto de EE.UU. se omite la referencia al Congreso Constituyente y a la representación que ostentan los diputados. Éstos, en la Constitución Argentina, representan al pueblo de la Nación pero han sido elegidos por la voluntad de las Provincias, que se reconocen, así, como preexistentes a la Nación.
*Mientras el texto norteamericano supone una unión previa que intenta perfeccionarse con la sanción de la Constitución; la Constitución Argentina hace referencia a "constituir" algo nuevo, algo que aún no existía: la unión nacional
*Fuera de la diferencia del verbo "asegurar" (EE.UU.) y "consolidar" (Argentina), referidos a la "paz interior" (Argentina) y a la "tranquilidad doméstica" (EE.UU.), que pueden ser consideradas como expresiones equivalentes o como una traducción libre; no se observan otras diferencias entre ambos textos.
*La invocación a Dios falta en el texto de los EE.UU.; además se lo menciona como "fuente de toda razón y justicia", lo que deja más en claro por qué motivo la justicia no puede ser considerada como una creación humana, sino como obra fundamentalmente divina a la que el hombre coopera a través del Estado, afianzándola

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